miércoles, 16 de octubre de 2013

DESMITIFICANDO EL FUTURO


Hoy desayuné escuchando a una abogada especialista en discapacidad. 
Nos habló sobre Tutela o Curaduría. Tutela cuando se ocupa de un menor y Curaduría si se trata de amparar a un demente o incapacitado.
Me habían recomendado del colegio de Tessie que me ponga en tema ya que ella tiene 16 años y antes de que se emancipe uno tiene que considerar la posibilidad de ejercer la curatela.
Mis padres se que se asesoraron al respecto en su momento y algo me han comentado pero ahora que se de todo esto me voy a tener que sentar a definir unas cuántas cosas más.
Primero para mi hermana y después lo haré con mis hijas en su debido momento.

Cuando escucho que se trata de independizarse del estado y tratar de que no se involucre en lo que uno debe resolver a su gusto y en la medida de sus posibilidades,  siento una cierta tensión. Por un lado creo que el estado en su labor justa va a velar por el bienestar de los ciudadanos y si apoya al discapacitado con servicios está bien que después se cobre algo de lo que invirtió cuando la persona fallece, para poder seguir haciéndolo con otros individuos. Por otro lado entiendo que un estado muy paternalista no debe ser fomentado y creo que cuánto más delegamos nuestras capacidades en los funcionarios, les damos más poder y pueden llegar abusar al no tener límites. Supongo que en todo hay que tener un equilibrio.

La primera razón por la que uno mantendría la curatela es proteger al que no logra total madurez e independencia, de explotación o abuso.
Con un adulto emancipado el padre no tiene el derecho legal de tomar decisiones financieras, médicas y educativas a su favor. A menos que lo ampare con el régimen de curatela.
Unos de los poderes solicitados por el curador y denegados al discapacitado es el poder de firmar contratos y tomar créditos.
La abogada recomendaba que el discapacitado no tenga bienes a su nombre a la edad de solicitar la curaduría porque los que tenga pasan a ser vigilados por el estado y se requieren balances anuales con reportes de todo gasto realizado con la fecha correspondiente, un plomazo! Además en el caso de tener bienes a su nombre que superen los $2000, el individuo no califica para recibir beneficios médicos o suplemento de ingresos por orden del estado.

Quién decide si el adulto está incapacitado en su desarrollo?
Para esto la persona tiene que ser admitida en el centro regional. Esa es la entrevista que pedí ayer para ingresar a Tessie y a Palita. Me solicitaron que les envíe sus IEP (programa individual de educación). Una vez que han sido admitidos al centro regional, entonces califican para ser tratados como discapacitados.
Las categorías son retardo mental, parálisis cerebral, epilepsia, autismo y la quinta categoría (todavía no sé de que se trata esta).

Cuando hay que aplicar a la curatela?
Es recomendable empezar el proceso 6 meses antes de que cumpla 18 años. La corte se toma algún tiempo para investigar y se fija una fecha para una audiencia de manera que la curatela comienza en vez de la mayoría de edad o emancipación.

Quién puede ser designado como Curador?
Cualquier adulto puede ser designado como curador pero lo mejor es que sean sus parientes más cercanos como padres y hermanos mayores de edad. Se recomienda que sean más de uno para que no quede vacante la posición y tenga el estado que tomar la posición. Se debe informar a los curadores seleccionados y las personas que asuman el rol tiene que capacitarse para ejercer su deber.

Que tipo de decisiones toma el Curador?
El curador tiene que promover la mayor independecia y desarrollo del discapacitado. Porque depende de las capacidades de cada uno, el juez le otorga a los curadores los poderes que el discapacitado no puede ejercer por cuenta propia.

Poderes solicitados por los curadores:
  1. Designar su residencia
  2. Acceso a los documentos confidenciales y registros
  3. Consentir o prevenir el matrimonio
  4. Controlar el derecho a firmar un contrato.
  5. Autorización para procedimientos médicos
  6. Restringir las relaciones sociales o sexuales del discapacitado.
  7. Decidir sobre el programa educativo.
Cuáles son las responsabilidades del Curador

  • Alimentación
  • Vestimenta
  • Vivienda
  • Salud o Bienestar
Hasta cuando permanece el estado de curaduría?
La curaduría se mantiene a lo largo de la vida del discapacitado o de su curador de la que se termine primero a menos que la corte la concluya antes. El investigador judicial puede determinar que el tutor no está actuando en beneficio del discapacitado entonces el juez puede intermediar.

Poder preveer el futuro de nuestros hijos nos da cierta tranquilidad, nos sentimos cubiertos ante eventualidades. La próxima conferencia, en noviembre es sobre los Trust para personas con Necesidades Especiales y otra que me interesa participar es la de Vivienda Supervisada. 
Lorna nos pidió que le diéramos sugerencias y una que se me ocurrió que me gustaría ahondar es el derecho al matrimonio. Mariana, mi hermana, está convencida de casarse con Ignacio, llevan 20 años de novios y están comprometidos hace 5 años ya. Papá planea no estar para ese momento entonces le patea la fecha cada vez más adelante, era en 2010 pero esa llegó muy rápido y la pasaron para el 2020 que se viene acercando...

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